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1926. El Circuito Nacional del Firmes Especiales

Itinerario del Circuito Nacional de Firmes Especiales tal y como se contempla  en un nuevo Real Decreto de 1929.Abordar la reforma de toda la red de carreteras en los años veinte era tan imprescindible como impensable. Por eso, se redujeron las pretensiones de mejora a un puñado de vías principales. Un Real Decreto Ley de 1926 establece la creación de un Circuito Nacional de Firmes Especiales que agrupe a las carreteras que supongan itinerarios principales, es decir, las que sean el enlace de las poblaciones de mayor importancia y los circuitos de valor artístico e histórico. El Real Decreto, además, obliga a las diputaciones y ayuntamientos a colaborar en dicho mantenimiento. Entre otras, las medidas que propone son: la utilización de nuevos firmes, la supresión de los pasos a nivel y la mejora de travesías, curvas y rasantes.

El Circuito Nacional de Firmes Especiales fue el proyecto que permitió cambiar radicalmente el estado de nuestras carreteras. Tanto es así que los expertos que visitaban nuestro país quedaban gratamente sorprendidos. Charles L. Freeston dice en su libro The Roads of Spain:"Es de estricta justicia decir que España ha dado un paso de gigante en el acondicionamiento de sus carreteras y que con tal energía se han llevado a cabo los trabajos, y con tan buen sentido, que las carreteras españolas pueden ser consideradas en verdad como las mejores del mundo".

Exagerados o no los elogios, lo cierto era que las mejoras eran visibles. Por un lado, se habían eliminado las curvas peligrosas, y por otro, se habían peraltado sus bordes exteriores para contrarrestar la fuerza centrífuga. Y esto sí era una novedad para nuestros vecinos británicos, y para los europeos en general, pues esta técnica sólo se había aplicado hasta ahora en los circuitos de carreras. La velocidad que se podía alcanzar con un turismo era ya de 65 km por hora.

Velocidad limitada

Rectificación de trazado según los planes del Circuito Nacional de Firmes EspecialesCon la mejora de las calzadas, y la evolución del automóvil, cada vez más veloz y resistente, aparece otro problema, el exceso de velocidad, y su consecuencia: las primeras restricciones. El Reglamento de Circulación de 1926 no establece un límite concreto para automóviles y motocicletas sino que obliga a sus conductores a "moderar la marcha y, si preciso fuera, a detenerla al aproximarse a los animales de tiro y de silla que dieran muestras de espanto, así como cuantas veces sea conveniente para la seguridad de las personas y cosas situadas en las vías por las que circulen". Sin embargo, sí se establecen límites para autobuses y camiones: entre 35 y 40 km/h los primeros y entre 30 y 35 los camiones.

Asociación Española de la Carretera
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